EL MINERD VIOLA LA LEY 86-00 AL AUTORIZAR EL 10% DE AUMENTO EN LOS COLEGIOS PRIVADOS

 

 

Cada año, para esta  misma época, se discute en el país  el alza en los precios de la escolaridad en los centros educativos privados.

 

El Presidente Mejía Promulgó la ley 86-00 que establece criterios para regular las tarifas en los referidos centros y dotar al MINERD de un instrumento efectivo para controlar los precios de la escolaridad en los referidos centros. La ley contiene todos los aspectos a considerar para que el ministerio autorice o no  a los centros educativos privados aumentos de los precios. A pesar de la existencia de la ley, las autoridades del PLD no la han aplicado y el ministro anterior llegó a decir que “había descubierto esa ley en una gaveta de su despacho” y a pesar de ello no actuó con la responsabilidad necesaria dándole aplicación inmediata.  Tampoco la actual ministra ha hecho nada con la  ley.

El art. 1 de la referida ley establece “La Secretaría de Estado de Educación fijará y regulará las tarifas o cuotas mensualmente y/o anualmente que los colegios privados cobrarán a quienes hacen uso de sus servicios, lo que se hará a través del Departamento de Colegios Privados, y para lo cual se tomará en cuenta un justo margen de beneficio acorde con la calidad de la enseñanza que oferta cada colegio privado, así como proteger el presupuesto de la familia dominicana” 

El procedimiento para fijar las tarifas  en los centros privados  se establece en el artículo 2 de la ley  y es una responsabilidad del Consejo Nacional de Educación como órgano rector del sistema educativo, “…el cual  establecerá una calificación de todos los colegios privados, categorizándolos en función de los siguientes elementos:

 a) Planta física (dimensión, ubicación);

b) Profesionalización del personal docente y directivo:

B-1- Titulación;

B-2- Perfeccionamiento. 

c) Equipamiento del Plantel; 

C-1- Bibliotecas;

C-2- Laboratorios;

C-3- Canchas y espacios de recreación;

C-4- Instalaciones sanitarias;

C-5- Material didáctico apropiado a los niveles y grados;

d) Seguridad social para maestros y alumnos;

e) Sistema de administración. 

De acuerdo a la categorización realizada,  precisa  el articulo 3 de la referida ley,  el Consejo Nacional de Educación, establecerá una escala de tarifas que estipule intervalos dentro de los cuales serán incluidos los diferentes colegios para fines de derecho a cobro de matriculación y colegiaturas”.

 Durante el ejercicio de Milagros Ortiz Bosch  al frente del MINERD se realizó la categorización de los colegios Privados y se precisó la tarifa que debían cobrar los centros privados, tal como manda la ley. Sin embargo, este estudio no fue utilizado ni actualizado   posteriormente por la Administración del PLD dejando a los centros privados establecer libremente el precio de la escolaridad. Lo cual se expresa hoy en tarifas prohibitivas para la mayoría de la población, incluyendo a la clase media, principal usuaria de estos centros, pero que ha soportado todas las alzas de impuestos de este gobierno.

Para autorizar el alza del 10% en los centros privados, lo primero que debió hacer  la Ministra de Educación es  la categorización que manda la ley y luego que el Consejo Nacional aprobara el estudio de referencia, autorizar el nuevo precio de la escolaridad por tres años. Naturalmente, previo a la autorización se debió escuchar los argumentos de los centros privados de enseñanza ya que la misma ley precisa las condiciones bajo las cuales los colegios pueden producir aumentos de escolaridad.

Los aumentos anuales deben ser justificados  en base a: indexación  por inflación, aumento salarial del cuerpo docente y administrativo, inversión realizada durante el último año en infraestructura física o tecnológica y otros costos.

A falta de este estudio, la autorización del ministerio carece de la validez necesaria y es extemporáneo ya que a esta fecha  la mayoría de los centros han realizado la preinscripción de los alumnos. No obstante, lucen desafortunadas las declaraciones de la Asociación de Colegios Privados  en el sentido de descalificar el MINERD para la regulacuión de las colegiaturas. Lo recomen¡dable es que se procure un diálogo  entre las partes que permita conjugar el interés de los colegios con el de las familias representadas por el MINERD.

Por ello, y  de cara al futuro, sobre todo pensando en la familia, es necesario que el MINERD inicie los trabajos de categorización desde ya para que el próximo año tenga a tiempo los estudios necesarios que le permitan adoptar la decisión correspondiente sobre los precios de la escolaridad, atendiendo a la escala de los centros y el justo beneficio a que tienen derecho los inversores de los centros privados de enseñanza, cuyo importancia en el desarrollo de la educación nacional es incuestionable ante la falta de oferta del sistema educativo dominicano.

No obstante, la causa principal  para que los centros privados  tengan el peso que tienen en la vida de las familias dominicanas es, precisamente, la baja calidad de la escuela pública. El presidente Mejía enfrentará esta debilidad y otorgará el 4% del PIB al MINERD para que desde ya empiece a corregir las distorsiones existentes y  garantice  la calidad de la educación pública. La meta ideal  es que todos tengamos nuestros hijos en la escuela pública y para eso trabajará el gobierno del Presidente Mejía a partir del 2012.



One Response to “EL MINERD VIOLA LA LEY 86-00 AL AUTORIZAR EL 10% DE AUMENTO EN LOS COLEGIOS PRIVADOS”

  1. Fernando Says:


    Visit Fernando

    que pena que no ha habido ninguna reseña para este articulo. Creo, aunque no me inscribo dentro de ninguna corriente partidaria, que sobre todo como bien dice la ultima parte del articulo, una de las medidas mas efectiva para frenar esta indigno abuso es ofertar escuelas publicas de calidad, no solo, repito, no solo en los barrios marginados, sino tambien en zona donde la llamada clase media, que esta hoy mas quebrada que nunca, vivimos…calidad e igualdad para todos…adelante papá…


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